Condiciones Generales - Viaja Seguro


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ASISTENCIA MÉDICA POR ACCIDENTE, INCLUYE AMBULANCIA 

Si como consecuencia directa de un accidente el TITULAR se viera precisado a someterse  a tratamiento médico o intervención quirúrgica, hospitalizarse, o hacer uso de los  servicios de enfermera, ambulancia o medicinas, GRUPO GR se hará cargo de la  coordinación y pago al prestador por concepto de los gastos de hospitalización,  honorarios médicos, servicio de ambulancia, gastos de enfermería y/o de los productos  farmacéuticos prescritos por el Médico que le atienda hasta por la cantidad de $2,000.00  MN (Dos mil pesos 00/100 MN) y con límite de 1 (un) evento durante la vigencia. 

EXCLUSIONES 

Quedan expresamente excluidos de la prestación de gastos médicos y gastos por  accidentes, los siguientes eventos: 

  1. a) Las enfermedades preexistentes, congénitas y/o recurrentes, conocidas o no por  el Titular, así como también sus consecuencias y agudizaciones.  
  2. b) La asistencia por enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión  voluntaria del alcohol, drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos  adquiridos sin prescripción médica. 
  3. c) Afecciones, lesiones y sus consecuencias o complicaciones producto de  tratamientos y atenciones no brindadas por profesionales no pertenecientes al  equipo médico de la compañía. 
  4. d) Los estados de embarazo, parto, complicación del mismo o interrupción voluntaria  del embarazo. 
  5. e) Toda implantación, reposición y/o reparación de artículos de ortopedia,  audífonos, lentes, lentes de contactos. 
  6. f) Los trasplantes de cualquier tipo de órganos o tejidos. 
  7. g) Las enfermedades mentales, trastornos psiquiátricos, depresiones o por cualquier  tipo de enfermedad mental o nerviosa. 
  8. h) Asistencia médica hospitalaria si el gasto médico se lleva a cabo en contra de la  opinión de un médico. 
  9. i) Los chequeos o exámenes médicos de rutina. 
  10. j) Tratamientos cosméticos, cirugía estética o reconstructiva o tratamientos de  disminución de peso. 
  11. k) Tratamientos de rehabilitación o terapia de recuperación física que no sea  causado por un accidente. 
  12. l) Todo tipo de enfermedades endémicas y/o epidémicas, así también como SIDA,  VIH y enfermedades de transmisión sexual (ETS).
  13. m) Hipertensión arterial y todas sus consecuencias y derivaciones, así como los  controles de tensión arterial. 
  14. n) Enfermedades infecciosas, tales como la del sueño, malaria, paludismo, fiebre  amarilla y, en general, enfermedades de cualquier naturaleza, desvanecimientos,  síncopes, ataques de apoplejía, epilepsia o epileptiformes. 
  15. o) Lesiones derivadas de acciones intencionales, tanto en agresiones como contra sí  mismo, así como incitación a terceros a cometerlas en perjuicio del Titular. p) Las lesiones derivadas de la práctica de deportes de alto riesgo no cubiertos. q) Las lesiones producidas por la participación directa o indirecta en manifestaciones  y/o protestas. 
  16. r) Los accidentes considerados legalmente como de trabajo o laborales,  consecuencia de un riesgo inherente al trabajo del Titular 

ASISTENCIA FUNERARIA POR MUERTE ACCIDENTAL 

En caso de muerte del TITULAR a causa de un acccidente, GRUPO GR, brindará las  asistencias que se describen a continuación en la República Mexicana y hasta por el  monto total de $10,000.00. M.N. (diez mil pesos y 00/100 M.N.).  

Las prestaciones relativas al servicio funerario son las que se indican a continuación: a) Recolección del cadáver  

  1. b) Preparación estética del cuerpo.  

La compañía coordinará para que se realice el embalsamamiento del cuerpo del  beneficiario fallecido.  

  1. c) Ataúd estándar.  

La compañía proporcionará el ataúd estándar donde el cuerpo del beneficiario fallecido  se velará. 

d)Sala de velación o velación en domicilio.  

La compañía coordinará la velación del Titular fallecido en su domicilio particular o en la  sala de velación, de acuerdo a la selección de los familiares.  

  1. e) Gestión de trámites  

La compañía, orientará la gestión de trámites con hospitales, autoridades civiles,  sanitarias y registro civil. La compañía asesorará al asegurado titular sobre los trámites  necesarios ante las autoridades competentes por el fallecimiento de algún beneficiario a  efectos de inhumar o cremar el cuerpo. 

  1. f) Traslado funerario 

La compañía efectuará el traslado del cuerpo, hasta el lugar de inhumación o residencia  habitual o sala de velación que seleccionen los familiares. 

  1. g) Cremación del cuerpo o inhumación  

Se realizará la cremación o inhumación dentro de la localidad, municipio o zona  conurbada. La compañía realizará los trámites para la obtención de la urna y el nicho con  título de propiedad, donde el costo de este último será a cargo de los familiares. En caso  de cremación o inhumación, la compañía facilitará el traslado del cuerpo del beneficiario  fallecido al panteón, o bien proporcionará la urna estándar para el mismo. Así mismo,  realizará los trámites para la cremación o inhumación del cuerpo del beneficiario  fallecido y gestionará lo necesario para cualquiera de estos dos requerimientos. 

EXCLUSIONES 

  1. a) Los causados por mala fe del beneficiario, hechos y actos derivados de terrorismo,  motín o tumulto. 
  2. b) Hechos y actos de fuerzas armadas, fuerzas o cuerpos de seguridad en tiempos de  paz.  
  3. c) Los derivados de la energía nuclear radiactiva.  
  4. d) Los servicios que el beneficiario haya contratado sin el previo consentimiento de  la compañía.  
  5. e) Los gastos médicos u hospitalarios.  
  6. f) Los costos que deriven de actos realizados por la autoridad o Ministerio Público  que intervengan. 
  7. g) No serán objeto de este servicio los casos en que se demuestre suicidio. 

ENVÍO DE MÉDICO A DOMICILIO SIN COSTO 

El servicio se brinda para atención médica del TITULAR en los casos en los que se  requiera la presencia física de un Médico General para resolver problemas que no se  catalogan como urgencias, pero requieren la valoración y la prescripción de un  tratamiento. 

Se proporcionará dicho servicio las 24 hrs del día los 365 días del año en toda la  República Mexicana.  

Este servicio se proporcionará con límite de (1) un evento durante la vigencia sin costo.

Exclusiones 

  1. a) No se otorgará el servicio a pacientes que se encuentren en condiciones  psiquiátricas-agresivas, en estado de ebriedad o drogado. 
  2. b) No se cubren los honorarios de personal médico que no haya sido  autorizado y programado por GRUPO GR. 
  3. c) El acto médico y sus resultados, son responsabilidad del médico que otorga  el servicio. GRUPO GR no tiene ninguna responsabilidad del mismo. 

INDEMNIZACIÓN POR PÉRDIDA DE AUTOBÚS 

En caso de que el TITULAR pierda el autobús que lo llevaría a su destino, GRUPO GR,  cubrirá el monto total de $300.00. M.N. (Trescientos pesos y 00/100 M.N.).  

Se proporcionará dicho servicio en toda la República Mexicana, (1) un evento durante la  vigencia sin costo y aplica únicamente cuando el autobús sufra desperfectos que le  impidan realizar el viaje o a causa de un accidente comprobable. En ningún caso aplica  cuando el usuario pierde la noción del tiempo y esto le ocasione perder la salida del  autobús. 

Las causas que serán cubiertas con la presente cobertura son: 

  • Retraso o cancelación de corrida de autobús. 
  • Hospitalización del TITULAR por enfermedad o accidente. 
  • Fallecimiento de un familiar en primer grado. 
  • Accidente ocurrido durante el traslado a la central de autobúses. Fenómenos naturales de fuerza mayor que impidan la llegada a la central de  autobúses: inundaciones, huracanes y terremotos. 

ROBO CON VIOLENCIA AL PASAJERO 

El servicio se brindará cuando el TITULAR compruebe mediante acta cotejada ante el M.P.  que sufrió un robo con violencia mientras se dirigía al lugar de destino. GRUPO GR,  cubrirá el monto total de $1,000.00. M.N. (Mil pesos y 00/100 M.N.).  

Se proporcionará dicho servicio en toda la República Mexicana, (1) un evento durante la  vigencia.

DAÑO O PÉRDIDA DE EQUIPAJE REGISTRADO 

En caso de que el TITULAR sufra la pérdida del equipaje que previamente registro o dicho  equipaje sufra un daño, GRUPO GR, cubrirá el monto total de $1,500.00. M.N. (mil  quinientos pesos y 00/100 M.N.).  

En el caso de pérdida de equipaje, el TITULAR deberá presentar el documento emitido  por la empresa de transporte en el que constan de forma oficial los hechos ocurridos con  el equipaje. 

Para el caso de daño de equipaje, el TITULAR deberá presentar fotografías de los daños  sufridos, así como el documento emitido por la empresa de transporte en el que constan  de forma oficial los daños ocurridos con el equipaje. 

En ambos casos la reclamación deberá generarse máximo 48 horas posteriores a que el  TITULAR haya arribado a su destino. 

Se proporcionará dicho servicio en toda la República Mexicana, (1) un evento durante la  vigencia. 

DESCUENTOS EN LABORATORIOS 

A través del Centro de Atención Telefónica el TITULAR podrá solicitar descuentos en los  laboratorios de convenio: Laboratorios Chopo, Quest Diagnostics, Olab, Lapi, Salud Digna,  entre otros. 

Contamos con la más amplia red de descuentos médicos a nivel nacional, que se adaptan  a las necesidades, gustos y preferencias de sus usuarios, los cuales van desde un 15%  hasta el 50% de descuento. 

Sin límite de eventos, dicho servicio se aplica en toda la República Mexicana. 

CANCELACIÓN O INTERRUPCIÓN DE VIAJE 

Para hacer uso de esta cobertura, la cancelación debe ocurrir en el rango de las 12 horas  previas al inicio del viaje o y la causante de dicha cancelación puede ser: 

  • Muerte o enfermedad grave del TITULAR.
  • Internación hospitalaria por más de tres días por accidente o enfermedad (siempre y cuando está sea declarada en forma repentina y aguada) del TITULAR, del cónyuge, padre(s), hermano(s) o hijo(s) del TITULAR. 
  • Notificación al TITULAR para comparecer ante la justicia.
  • Declaración de cuarentena del TITULAR.

Tratándose de la Hospitalización del TITULAR o de un Familiar Directo, el TITULAR deberá presentar  GRUPO GR una opinión firmada por el Médico tratante, que determine como médicamente 

necesaria dicha hospitalización. La referida opinión en ningún caso podrá ser emitida por un familiar,  consanguíneo o por afinidad del TITULAR y/o del Familiar Directo, según sea el caso.  

La indemnización que efectúe GRUPO GR por esta cobertura, en ningún caso excederá el monto  total de $800.00. M.N. (Ochocientos pesos y 00/100 M.N.).  

Se proporcionará dicho servicio en toda la República Mexicana, (1) un evento durante la  vigencia. 

EXCLUSIONES 

Queda excluida la cancelación o interrupción del viaje por las siguientes causas: 

  • Enfermedades crónicas o preexistentes.
  • Accidentes causados por la práctica de deportes extremos o peligrosos. Alcoholismo, uso de drogas o medicamentos sin prescripción.
  • Embarazo.
  • Enfermedades mentales.

SEGUIMIENTO COVID-19 

A través del Centro de Atención Telefónica, Grupo GR brindará orientación médica telefónica y  llamadas de seguimiento en caso de que el TITULAR resulte con prueba positiva a la enfermedad.  

Se proporcionará dicho servicio en toda la República Mexicana las 24 horas del día, sin  límite de eventos. 

El equipo Médico de GRUPO GR aconsejará lo que estime oportuno y orientará al TITULAR hacia el  centro hospitalario que considere más adecuado, si esto fuese necesario. 

GRUPO GR no será, en ningún caso, responsable de las acciones u omisiones del TITULAR en cuanto  al seguimiento de los asesoramientos médicos que se les preste, limitándose a responder a  cuestiones planteadas por el TITULAR de acuerdo con la información que éste le ha proporcionado. 

Cuando la consulta derive de una situación clínica de urgencia, se activarán los servicios de  emergencia, o bien se dirigirá al TITULAR a su médico de cabecera o al especialista que corresponda.

 

 

Comunicarse al 5512091272 para aclaraciones con reservamos o al 800 877-0405  para aplicar tu seguro.   

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